Biodiversidad Fúngica

CONDICIONES PARA LA RECOLECCIÓN DE ESPECIES MICOLÓGICAS

Se deberán seguir las disposiciones generales indicadas por la legislación para lo que vamos a dar como ejemplo lo indicado por la Junta de Castilla y León en el citado Decreto (RD130/1999).

En la recolección de setas quedan prohibidas las siguientes prácticas:

  • Remover el suelo de forma que se altere o perjudique la capa vegetal superficial, manualmente o con cualquier tipo de herramienta, con excepción de los hongos hipogeos, en cuya recolección podrá usarse el machete trufero.
  • Usar cualquier herramienta para le levantamiento indiscriminado de mantillos, como hoces, rastrillos, escardillas, azadas o cualquier otra que altere la parte vegetativa del hongo.
  • La recolección de aquellas especies de setas que la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio haya limitado o exceptuado expresamente, a propuesta de la correspondiente Delegación Territorial.

La recolección de setas se efectuará teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:

  • Se deben respetar los ejemplares pasados, rotos o alterados y aquellos que no sean motivo de recolección.
  • Los sistemas y recipientes para el traslado y almacenamiento de las setas, deberán permitir su aireación, y fundamentalmente, la caída al exterior de esporas.
  • Se prohíbe la recogida durante la noche.
  • En caso de los hongos hipogeos, el terreno deberá quedar en las condiciones originales.
Macrolepiota procera abierta.Macrolepiota procera abierta.

Asimismo otras medidas posibles y complementarias, que se han citado en planes de ordenación de este recurso, son las siguientes:

  • Es obligatorio cortar los ejemplares de algunas de las especies comestibles más apreciadas: níscalo (Lactarius deliciosus, Lactarius sanguifluus), seta de cardo (Pleurotus eryngii), llanega (Hygrophorus spp.), capuchina (Tricholoma portentosum) y negrilla (Tricholoma terreum), con el fin de que adquieran mayor valor de mercado excepto en la recolección con fines científicos o para estudio.
  • Para el resto de las especies se recomienda arrancar el pie completo. Esto será necesario si se quiere identificar correctamente una especie.
  • El tamaño mínimo de recolección de carpóforos debe establecerse en función de la capacidad reproductiva de la especie.
  • Se suele recomendar para especies como el níscalo (Lactarius deliciosus, L. sanguifluus), seta de cardo (Pleurotus eryngii), lansarón, seta de primavera o de San Jorge (Calocybe gambosa) y colmenilla (Morchella spp.), unos 2 cm de diámetro del sombrero.
  • Mientras que para los migueles (Boletus aereus, B. aestivalis, B. pinophilus) será de 4 cm de diámetro del sombrero como orientación posible.
  • Asimismo, se debe prohibir recolectar huevos cerrados de oronja (Amanita caesarea), con el carpóforo encerrado en el interior del velo.
  • Los carpóforos de las especies de parasoles o galampernas (Macrolepiota procera) deberán recolectarse con el sombrero extendido.
<em>Amanita caesarea</em> que en su fase de “huevo” puede no estar permitida su recolección.Amanita caesarea que en su fase de “huevo” puede no estar permitida su recolección.