CONDICIONES PARA LA RECOLECCIÓN DE ESPECIES MICOLÓGICAS
Se deberán seguir las disposiciones generales indicadas por la legislación para lo que vamos a dar como ejemplo lo indicado por la Junta de Castilla y León en el citado Decreto (RD130/1999).
En la recolección de setas quedan prohibidas las siguientes prácticas:
- Remover el suelo de forma que se altere o perjudique la capa vegetal superficial, manualmente o con cualquier tipo de herramienta, con excepción de los hongos hipogeos, en cuya recolección podrá usarse el machete trufero.
- Usar cualquier herramienta para le levantamiento indiscriminado de mantillos, como hoces, rastrillos, escardillas, azadas o cualquier otra que altere la parte vegetativa del hongo.
- La recolección de aquellas especies de setas que la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio haya limitado o exceptuado expresamente, a propuesta de la correspondiente Delegación Territorial.
La recolección de setas se efectuará teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:
- Se deben respetar los ejemplares pasados, rotos o alterados y aquellos que no sean motivo de recolección.
- Los sistemas y recipientes para el traslado y almacenamiento de las setas, deberán permitir su aireación, y fundamentalmente, la caída al exterior de esporas.
- Se prohíbe la recogida durante la noche.
- En caso de los hongos hipogeos, el terreno deberá quedar en las condiciones originales.
Macrolepiota procera abierta.
Asimismo otras medidas posibles y complementarias, que se han citado en planes de ordenación de este recurso, son las siguientes:
- Es obligatorio cortar los ejemplares de algunas de las especies comestibles más apreciadas: níscalo (Lactarius deliciosus, Lactarius sanguifluus), seta de cardo (Pleurotus eryngii), llanega (Hygrophorus spp.), capuchina (Tricholoma portentosum) y negrilla (Tricholoma terreum), con el fin de que adquieran mayor valor de mercado excepto en la recolección con fines científicos o para estudio.
- Para el resto de las especies se recomienda arrancar el pie completo. Esto será necesario si se quiere identificar correctamente una especie.
- El tamaño mínimo de recolección de carpóforos debe establecerse en función de la capacidad reproductiva de la especie.
- Se suele recomendar para especies como el níscalo (Lactarius deliciosus, L. sanguifluus), seta de cardo (Pleurotus eryngii), lansarón, seta de primavera o de San Jorge (Calocybe gambosa) y colmenilla (Morchella spp.), unos 2 cm de diámetro del sombrero.
- Mientras que para los migueles (Boletus aereus, B. aestivalis, B. pinophilus) será de 4 cm de diámetro del sombrero como orientación posible.
- Asimismo, se debe prohibir recolectar huevos cerrados de oronja (Amanita caesarea), con el carpóforo encerrado en el interior del velo.
- Los carpóforos de las especies de parasoles o galampernas (Macrolepiota procera) deberán recolectarse con el sombrero extendido.
Amanita caesarea que en su fase de “huevo” puede no estar permitida su recolección.