Biodiversidad Fúngica

RÉGIMEN DE APROVECHAMIENTO

En general las posibles modalidades de aprovechamiento fúngico, por extensión de lo detallado en el apartado 3, suelen ser de tipo comercial o recreativo, siendo posible cualquier forma o procedimiento de licitación. Es esencial que la planificación del aprovechamiento aparezca incluido en el Plan Anual de Aprovechamientos gestionado por la Administración Regional y que se elaboren de conformidad con los Planes de Ordenación del Monte, en su caso, quedando recogidas todas las estipulaciones que les afecten en los correspondientes pliegos de condiciones técnico-facultativas.

Los aprovechamientos de setas, tanto comerciales, como de carácter vecinal o consuetudinario, estarán sujetos a autorización y se llevarán a cabo a través de los permisos que expida la entidad adjudicataria. El adjudicatario del aprovechamiento deberá estar en contacto permanente con el Servicio Territorial de Medio Ambiente para estar informado de la localización y fecha de las monterías y batidas de caza previstas y de cualquier otra intervención selvícola o recreativa, con objeto de informar a las personas que vayan a realizar los aprovechamientos. Por motivos de seguridad, queda prohibido recolectar setas en los días y superficies en los que se esté realizando una cacería debidamente autorizada.

En cada tipo de aprovechamiento es necesario establecer claramente una serie de condiciones técnicas, económicas y administrativas que deberá cumplir el adjudicatario y los recolectores habituales. En el pliego de condiciones económico-administrativas que elaborarán las Entidades Propietarias para la adjudicación del aprovechamiento, se deberá definir al menos los siguientes puntos:

  • Pliego de condiciones
  • Los tipos de permisos que se expedirán:
    • Vecinos, provinciales y foráneos.
    • Diarios y de temporada.
    • Recreativos y comerciales.
  • El coste de cada uno de los permisos.
  • Las limitaciones de cantidades que se establezcan para cada tipo de permiso.
  • El número de permisos de cada tipo que se expedirán y las prioridades para su expedición, conforme a las recomendaciones del plan técnico de ordenación.
  • La información que se hará saber al recolector relativa a las condiciones de la recolección.
  • El número, horario y distribución espacial de las personas encargadas de la vigilancia, asesoramiento y control e inicialmente, también encargada de la expedición de permisos.
  • Los aspectos financieros relacionados con dicha gestión.
Millau (Francia).Millau (Francia).

A un nivel más concreto de regulación, una vez establecidas las especies, lugares y condiciones de enajenación, es preciso determinar la metodología más adecuada de recolección y el necesario control de la misma. Los denominados criterios de recolección deben velar por la conservación de las especies recolectadas. También se determinarán en este apartado los requisitos que deben cumplir las personas que realizarán la recolección.

Es importante poner estos aspectos en conocimiento de todos los implicados en la planificación-recolección y vigilancia de la actividad. Entre los principios a considerar que serán específicos de cada caso, podemos citar algunos generales adaptables a la mayoría de las situaciones.